Derecho en Emiratos Árabes Unidos
🏛️ Familia jurídica
Sistema mixto muy característico: civil law (códigos de inspiración egipcia/francesa) + sharía (sobre todo en familia y estatuto personal) + enclaves de common law en las zonas francas financieras (el DIFC de Dubái y el ADGM de Abu Dabi tienen tribunales propios en inglés con jueces de tradición británica).
⚖️ Norma suprema y poderes
- Federación de 7 emiratos (Constitución de 1971); monarquías hereditarias, sin democracia electoral plena.
- Coexisten tribunales federales/locales (civil law + sharía) y los tribunales autónomos de las zonas francas (common law) — un caso de competencia de jurisdicciones dentro de un mismo país.
💼 Propiedad y contratos
- Hub global de negocios: seguridad jurídica y facilidad comercial altas, fiscalidad muy baja, apertura total al capital. Las zonas francas ofrecen un entorno common law pensado para atraer finanzas internacionales.
🗽 Libertades
- Libertad económica alta; libertades políticas y civiles limitadas (sin elecciones libres plenas, restricciones a la expresión, marco social conservador). Población mayoritariamente expatriada sin derechos políticos.
🏛️ Nota para La Choza
Caso curioso de pluralismo jurídico pragmático: un mismo país que importa el common law en burbujas para competir por el capital global. Ilustra la idea liberal de competencia entre jurisdicciones (votar «con los pies», como en Suiza pero por motivos distintos) y el atractivo de la seguridad jurídica + baja fiscalidad. Contraste honesto: esa libertad económica no viene acompañada de libertad política, como en Singapur (`singapur.md`).
📚 Fuentes
- Portales legales de EAU, DIFC Courts, ADGM. Índices: World Justice Project, Index of Economic Freedom (con cautela). Verificar.